2026-07-27 · Economía
El Supremo sostiene, 6 a 3, la cláusula de arbitraje en contratos de placas solares
El 27 de julio de 2026, NotiCel informa que el Tribunal Supremo, en votación 6 a 3, sostuvo la validez de una cláusula del contrato de Sunrun que obliga a llevar las disputas por el funcionamiento de sistemas fotovoltaicos ante árbitros privados, no ante los tribunales. El caso se resolvió el 10 de julio y versa sobre un contrato que tramitó en 2020 Máximo Solar Industries, Inc., pero que debe honrar Sunrun PR Operations, Inc. En la isla hay unos 200,000 sistemas de generación distribuida; de esos, al menos 30,000 son clientes de Sunrun. La adopción, anota el medio, se aceleró desde el huracán María.
El acuerdo de la demandante, Nancy Sierra Lugo, fue alquilar el sistema por 25 años, con un pago mensual de 246 dólares el primer año y un aumento de 1.9 por ciento anual. A cambio, Sunrun debía monitorear y proveer mano de obra y materiales. Se alega que el sistema funcionó solo dos semanas y que, al reclamar, se enteró de que Sunrun era la otra parte y recibió copia del acuerdo, firmado originalmente en una tableta. La cláusula dice que el arbitraje será el único medio, salvo reclamaciones de cuantía menor ante un tribunal competente, exclusivamente en nombre propio.
Nancy Sierra Lugo planteó consentimiento viciado, porque firmó sin discutir términos, y fraude, porque pensaba que contrataba con Máximo. La mayoría, por voz de la jueza Camille Rivera Pérez, coincidió con el Tribunal de Primera Instancia: la cláusula obliga a dejar que un árbitro decida si la reclamación sigue en arbitraje o puede ir al tribunal. Las alegaciones de fraude, añade, no se hicieron con suficiente especificidad, y la política pública estatal y federal favorece el arbitraje. El arbitraje implica que las partes pagan el proceso privado.
Disienten la presidenta Maite Oronoz Rodríguez y los asociados Luis Estrella Martínez y Ángel Colón Pérez: sostienen que la demandante hizo suficiente. NotiCel trunca esa disidencia. Esta revista no la completa. Tampoco se mezcla este fallo con las 11 fincas solares que la Junta aprobó el 3 de julio ni con la pausa a generación permanente del 23. Techos, fincas y RFP son tres géneros.
Quedan el 6 a 3, los 200,000 sistemas, los 30,000 de Sunrun y los 246 dólares. El lector que quiera la opinión tiene la URL de NotiCel al pie. No es reportaje original.
Fuente: NotiCel. https://noticel.com/noticias/20260727/supremo-sostiene-clausula-de-arbitraje-en-contratos-de-placas-solares/