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2022-12-29 · Economía y política

El Congreso fija para Puerto Rico topes federales de Medicaid de 3.275 a 3.825 billion entre 2023 y 2027

El 29 de diciembre de 2022, el Congreso de Estados Unidos aprobó la ley federal de gastos para el año 2023, conocida en inglés como Consolidated Appropriations Act, 2023. El texto oficial está disponible en GovInfo. Una de sus disposiciones fija los topes anuales de fondos federales de Medicaid para Puerto Rico desde el año fiscal 2023 hasta el 2027. Esos topes están escritos en la ley; no significan que una cantidad completa haya sido cobrada por Puerto Rico el día de la aprobación ni que ya se haya pagado a proveedores.

Los cinco montos que aparecen en el texto son $3,275,000,000, o 3.275 billion, para el año fiscal 2023; $3,325,000,000, o 3.325 billion, para 2024; $3,475,000,000, o 3.475 billion, para 2025; $3,645,000,000, o 3.645 billion, para 2026; y $3,825,000,000, o 3.825 billion, para 2027. Son topes anuales de fondos federales limitados para Medicaid territorial. Un tope anual no es una obligación ya firmada ni un desembolso ya entregado.

La misma ley contempla un aumento condicionado de $300,000,000, o $300 million, para cada año fiscal de 2023 a 2027. Ese aumento depende de que el Secretario de Salud y Servicios Humanos certifique que el plan estatal de Medicaid de Puerto Rico, o una exención aplicable, establece para los médicos un pago dirigido de por lo menos el 75% de lo que pagaría Medicare Parte B en Puerto Rico. La condición de certificación importa: el texto no convierte ese aumento en dinero automático para cada año.

También contempla un aumento condicionado de $75,000,000, o $75 million, por año. Para los años fiscales 2023 a 2025, la condición es que el Secretario determine que Puerto Rico cumple el requisito de designar una persona responsable de la integridad del programa de Medicaid. Para 2026 y 2027, se añade el requisito de contar también con una persona responsable de supervisar la contratación y las compras. El aumento depende de que se cumplan esas condiciones; el texto no reporta aquí un pago ya realizado.

Otra disposición extiende hasta el 30 de septiembre de 2027 el periodo del porcentaje federal aumentado que ya aplicaba a Puerto Rico. Ese porcentaje, conocido como FMAP, indica qué parte federal corresponde por cada dólar elegible de Medicaid. Un porcentaje federal más alto no elimina el tope anual. El límite sigue siendo el monto escrito para cada año, más los aumentos que estén certificados bajo las condiciones de la ley.

La diferencia entre una cifra legal y el movimiento real del dinero es central. El Congreso puede fijar un tope; una agencia puede distribuir recursos bajo ese marco; una entidad puede asumir una obligación; y después puede ocurrir uno o más desembolsos. Una asignación aparta recursos dentro de un programa. Una cantidad adjudicada queda vinculada a un beneficiario o proyecto bajo ciertas condiciones. Una cantidad obligada es un compromiso formal de pagar. Una cantidad desembolsada es dinero que efectivamente salió hacia el beneficiario. Estas etapas no son intercambiables.

El texto oficial consultado no ofrece en esta nota un estado de cuenta de cuánto recibió o gastó Puerto Rico en cada año, cuánto llegó a una entidad específica ni cuánto se pagó a proveedores. Tampoco ofrece un desglose por municipio. Lo que permite comprobar es el lenguaje de la ley: los cinco topes anuales, el aumento de $300 million para médicos si se certifica la condición, el aumento de $75 million por integridad si se cumplen los requisitos y la extensión del porcentaje federal aumentado hasta septiembre de 2027.

Por eso, la cifra más alta para 2027 no debe presentarse como un cheque ya cobrado, y los aumentos condicionados no deben sumarse como si fueran desembolsos confirmados. Para conocer el dinero obligado o desembolsado habría que revisar certificaciones, registros administrativos y reportes financieros posteriores. La fuente de esta nota es la ley publicada en GovInfo, no un informe de pagos ni una tabla de gastos de Puerto Rico.

Pa' que se entienda

Estas palabras ayudan a separar lo que la ley autoriza de lo que realmente se compromete y se paga.

3.275 billion a 3.825 billion
Topes anuales de fondos federales de Medicaid para Puerto Rico entre los años fiscales 2023 y 2027.
$300 million
Aumento anual posible para 2023 a 2027 si se certifica el piso de pago médico de 75% de Medicare Parte B en Puerto Rico.
$75 million
Aumento anual posible cuando se cumplen los requisitos de integridad del programa y, para 2026 y 2027, de supervisión de contratación y compras.
FMAP
Porcentaje federal que corresponde por cada dólar elegible de Medicaid; el porcentaje aumentado se extiende hasta el 30 de septiembre de 2027.
Tope
Límite anual escrito en la ley. No equivale por sí solo a una orden de pago ni a dinero entregado.
Asignado
Recursos apartados dentro de un programa o marco presupuestario; todavía no identifica necesariamente un pago.
Adjudicado
Cantidad vinculada a un beneficiario o proyecto después de una decisión con términos definidos.
Obligado
Compromiso formal de pagar una cantidad elegible. Es distinto de que el dinero ya haya salido.
Desembolsado
Dinero efectivamente entregado o pagado al beneficiario. Es una etapa posterior al compromiso.
Condicionado
Depende de una certificación o de requisitos que deben cumplirse antes de sumar el aumento.

Fuente: GovInfo — ley federal de gastos para 2023 y disposiciones sobre los fondos de Medicaid de Puerto Rico, publicada el 29 de diciembre de 2022 — https://www.govinfo.gov/content/pkg/PLAW-117publ328/html/PLAW-117publ328.htm